Como resultado de una denuncia presentada por el Servicio de Rentas Internas (SRI), el Tribunal de Garantías Penales de Napo emitió una sentencia
condenatoria contra un contribuyente y su contador por el delito de defraudación
tributaria tipificado en el numeral 18 del artículo 298 del Código Orgánico Integral
Penal (COIP), al no entregar deliberadamente al SRI los impuestos retenidos y percibidos.
Los sentenciados propusieron un recurso de apelación en contra de la sentencia; sin embargo, la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Napo
negó el recurso de apelación interpuesto, ante lo cual, los sentenciados
interpusieron un recurso de casación.
El recurso de casación fue declarado improcedente por falta de fundamento
jurídico, por lo cual, se confirmó la sentencia del Tribunal de Garantías Penales de Tena, que declaró al contribuyente y su contador como autores directos del delito de defraudación tributaria, imponiéndoles una pena privativa de libertad, además del pago de una multa individual.
Finalmente, como medida de reparación integral, los jueces ordenaron que los
sentenciados paguen íntegramente al SRI los daños ocasionados por la infracción,
es decir, la cancelación total de los valores retenidos y percibidos.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *